24 abril, 2007

La Regulación de los Mercados de Valores

Las múltiples OPAs sobre Endesa están generando unas derivadas insospechadas que afectan a la credibilidad y prestigio de uno de los organismos más importantes en nuestros mercados: la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Desde que su presidente, el inteligente y polémico Manuel Conthe (recientemente, un periódico lo ha llamado el “Doctor House” de las finanzas españolas), anunciara su intención de dimitir previa explicación parlamentaria, hemos asistido a una sucesión de noticias y dardos verbales arrojados por los políticos, que en nada favorecen la actuación del regulador de los mercados. Más allá de personalismos, parece evidente algún tipo de reforma en la CNMV.

Este organismo, que tiene carácter público y fue creado por una ley de 1988, es el encargado de la supervisión e inspección de los mercados de valores españoles y de la actividad de cuantos intervienen en los mismos. Su objetivo es velar por la transparencia de los mercados de valores españoles y la correcta formación de precios, sin olvidar la protección de los inversores.

La CNMV se crea siguiendo la estela de su contraparte en Estados Unidos, la SEC (Securities and Exchange Commission). Este último organismo se encarga de la protección de los inversores y del mantenimiento de la integridad de los mercados de valores en los EEUU.

Sus orígenes arrancan del famoso crack de 1929 en un intento de restablecer y reforzar la confianza de los inversores en los mercados. Para ello se desarrollan varias normas (la Securities Act de 1933 y la Securities Exchange Act de 1934), que persiguen dotar a los mercados de transparencia informativa (exige a los emisores la publicación de información veraz sobre la situación de sus negocios y los riesgos asociados a los títulos emitidos), protección del inversor (los agentes que intervienen en el mercado deben tratar a los inversores de forma justa y honesta, anteponiendo los intereses de sus clientes a los suyos propios), evitando, además, que las informaciones de interés pueda favorecer a unos pocos y dotándolo de los mecanismos que aseguren la liquidez en momentos de inestabilidad.

Para cumplir con estos objetivos, se crea la SEC con una importante estructura funcionarial, y gobernada por cinco Comisarios.

Los Comisarios son nominados por el Presidente de los EEUU, con la aprobación del Senado. Son cargos que tienen una duración de cinco años y se eligen de tal forma que se evite una posición partidista del organismo. Por eso, no puede haber más de tres Comisarios ligados a un mismo partido político, mientras que su presidente se designa por el Gobierno entre los mismos.

Las funciones de los Comisarios son las de interpretar las leyes federales sobre activos financieros, corregir los reglamentos existentes, proponer nuevos reglamentos para modificar las condiciones del mercado y reforzar reglamentos y leyes.

Quizás uno de los aspectos más destacados es que estos temas se tratan en reuniones abiertas al público y a los medios de comunicación, excepto en materias sujetas a confidencialidad.

¿Alguien se imagina tal grado de transparencia en el regulador español?

Como decía William Shakespeare, “Dios os ha dado una cara y vosotros os hacéis otra”.